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Hay dos cuestiones que deciden la forma de Estado. Una, de carácter espiritual, determina el principio organizador que define el orden y finalidad de la organización estatal: Monarquía o República. Otra, de carácter técnico, establece el modo de organizar los múltiples elementos estatales, para dar eficiencia holística al sistema administrativo del Estado: centralismo, autonomismo o federalismo. La primera cuestión compete resolverla a la sabiduría humanista. La segunda, a la ciencia de sistemas.

El Estado es una organización creada por el hombre. Su origen no está en la naturaleza, sino en la historia. Tan pronto como la humanidad se estableció junto a lagos y ríos para que su alimento no dependiera de la incertidumbre de la caza y la lluvia, sintió la necesidad de ordenar la distribución del agua de regadío. El espíritu religioso de la tribu entregó la administración de los Estados fluviales a castas sacerdotales presididas por pontífices-reyes. Los templos eran a la vez palacios y almacenes de granos. La organización del poder estatal la determinó su finalidad distributiva de los recursos.

El modelo mítico del Estado monocrático se expandió por contagio a todos los pueblos, incluso los de secano, porque disminuía las luchas pasionales por el poder supremo. La tiranía sacerdotal duró (10.000 años) hasta que el comercio y la cultura pagana crearon la civilización, con la democracia y la república, en las Ciudades-Estado. El perecimiento de la civilización clásica hizo retornar a los pueblos europeos al modelo mítico, con señores de la guerra y de la iglesia, hasta que la ilustración del XVIII reclamó el derecho de la razón universal para sacar a la humanidad, con la libertad, de su renovado estado de servidumbre voluntaria.

La creación de un Estado republicano no es tarea comparable a la de implantar una República en un Estado monárquico. En EEUU, la sabiduría de la razón humanista resolvió la servidumbre voluntaria, con la democracia representativa. Y el talento de sus fundadores dio eficiencia razonable a la administración de Estados separados, con el federalismo.

En Europa, las revoluciones cortaron las cabezas concretas de los reyes y pusieron en su lugar las cabezas abstractas de las Naciones. Cambiaron de amo, sin salir de la servidumbre voluntaria a la soberanía nacional y sin cambiar el principio organizador del Estado heredado. Napoleón sustituyó Luis XIV, como Lenin a Pedro el Grande. Los Estados europeos no han cambiado el principio organizador de su eficiencia administrativa. El espíritu republicano de lealtad, no ha sustituido al espíritu monárquico de fidelidad. Y el Estado-Organización continua siendo autoritario.

La República Constitucional sabe que la libertad política resolverá el problema de la servidumbre voluntaria, mediante la práctica de la teoría pura de la democracia en la forma de gobierno, pero también sabe que necesitará emprender una reforma de la organización administrativa del Estado, mediante la aplicación de la ciencia de sistemas, para resolver el problema tradicional del autoritarismo de la jerarquía burocrática y el nuevo problema ocasionado por el costoso desdoblamiento producido con los nacionalismos autonómicos.

En todas las esferas del Estado-Organización, en todos los ámbitos de la administración pública, el principio de lealtad republicana sustituirá al principio monárquico de fidelidad al jefe del servicio administrativo. Y esta innovación, inscrita como norma constitucional, dará orden unitario al funcionamiento de los cuerpos de la administración estatal, autonómica y municipal, conforme a leyes de tendencia holística, deducidas de la ciencia de sistemas y subsistemas administrativos.

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