Claro

Oscuro

Las leyes promulgadas desde que entró en vigor la Constitución de esta Monarquía de Partidos, sin excepción alguna, son inconstitucionales. En consecuencia, todas ellas podrían ser declaradas nulas de pleno derecho si los que tienen la facultad de interponer el recurso de inconstitucionalidad (Presidente del Gobierno, Defensor del Pueblo, Cincuenta diputados, Cincuenta senadores, órgano ejecutivo o Asamblea de las Comunidades Autónomas) lo instaran ante el Tribunal Constitucional, y éste fuera una instancia independiente del poder político.

No es necesario ser jurista ni mero leguleyo para darse cuenta de este gravísimo hecho que, por sí solo, niega la pretenciosa propaganda de que estamos viviendo en un Estado de Derecho. Pues la Constitución prohíbe al poder legislativo que acuerde leyes por mandato imperativo a los diputados que las adoptan. Y ni una sola ley ha sido votada sin mandato imperativo de los aparatos de los partidos políticos a todos los diputados-votantes de sus respectivos grupos parlamentarios. La Constitución dura porque no se cumple en uno de sus principios fundamentales.

El peor defecto de una Constitución es que no sea realista, es decir que sus normas no puedan ser aplicadas, por ir contra costumbres de un valor normativo superior al de la Norma de las Normas. Esto sucede con la prohibición constitucional del mandato imperativo, cuyo origen, naturaleza y función no solo eran ignorados por los “Padrinos de la Patria”, sino también por todos los diputados elegidos por el sistema proporcional de listas de partido. Pues este sistema requiere, en su concepción y funcionamiento, el mandato imperativo a los diputados de lista.

La Constitución consagra la absoluta e insalvable contradicción de prohibir a diputados y senadores que estén ligados por mandato imperativo, y al mismo tiempo no permitir que las elecciones se hagan con criterios distintos al de la representación proporcional por listas de partido, es decir, de candidatos ligados al mandato imperativo de los jefes que hacen las listas. Esta brutalidad contra el Derecho y la lógica del sentido común obedece desde luego a la incultura de los “Padrinos”, pero mucho más a las órdenes que recibieron del secreto poder constituyente de la Monarquía.

Acostumbrados a la demagogia de la dictadura, los bárbaros autores del texto constitucional quisieron parecer liberales con un brindis romántico al recuerdo revolucionario de la prohibición del mandado imperativo. Pero para evitar veleidades a la libertad de elección, metieron de matute el sistema proporcional, obligando de este modo a los incautos electores a ratificar lo que otros deciden y eligen por ellos.

BLOG AGT, 13 DE JUNIO DE 2006


Blog de Antonio García-Trevijano

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