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PEDRO M. GONZÁLEZ

No se hacen precisas sesudas reflexiones para descubrir que en España no existe independencia judicial ni por ende, separación de poderes. Basta con estar atento a las declaraciones que realizan los mismos que defienden a este providencial “estado de derecho” para pillarles en renuncio. Los lapsus no son sólo del logos político, sino que alcanzan el cognos conceptual del argumentario de régimen.

Parece mentira que los tertulianos sigan acusando a Europa de la declaración de ilicitud de la llamada “Doctrina Parot”. Hagamos memoria y vayamos al 26 de Abril de 2.011. El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro del Interior, D. Alfredo López Rubalcaba en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros aseguraba que el gobierno estaba “tratando que se revise” la doctrina del Tribunal Constitucional sobre cómputo de penas privativas de libertad para endurecer el régimen de su cumplimiento. Tales declaraciones se producían contestando a la prensa a preguntas sobre la liberación del histórico etarra Antonio Troitiño. “Hay una jurisprudencia que estamos tratando de que se revise” decía Rubalcaba cuando era preguntado acerca de la decisión de la Fiscalía de la Audiencia Nacional de no solicitar medidas de seguimiento sobre el terrorista hasta que se resolviera el recurso presentado.

Ante tales declaraciones ninguno de los ahora indignados tertulianos se preguntó de qué manera el ejecutivo variaría la jurisprudencia de un poder judicial que se reclama independiente. ¿Sería a través de sus delegados políticos en el Consejo General del Poder Judicial que determina la composición de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo? ¿O tirarían por la vía del medio cursando las órdenes oportunas a los miembros del propio Tribunal Constitucional? Y es que no hay otra.

Rubalcaba hablaba claro en esa ocasión y reconocía que la jurisprudencia española viene dictada por el poder político, que la marca, lava y peina a su antojo. Que desde el ejecutivo se reconozca con tal contundencia la ausencia de independencia judicial consustancial a la ausencia de separación de poderes en origen o es cinismo o estulticia. Más bien lo primero según la justificación ofrecida ya entonces a las preguntas sobre condicionamientos políticos en la excarcelación: “Creo que el tema ha sido tratado por la Fiscalía que ha recurrido y dejemos que funcionen los tribunales, lo he dicho una y mil veces: los tribunales hacen sentencias y el Gobierno las acata y respeta”. ¡Cómo no, si ustedes dictan su jurisprudencia!

Luego viene Estrasburgo y pasa lo que pasa.

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