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El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Badajoz decretaba la custodia compartida por periodos de seis meses de un perro propiedad de una pareja que convivió durante los nueve años. La sentencia establecía que la mujer fuera la primera en disfrutar de la compañía del animal, al que la pareja encontró abandonado, ya que ha sido ella la que en los últimos tiempos se había visto privada de su tenencia, lo que la llevó a demandar a quien fuera su pareja.

Al parecer, a pesar de su separación siguieron compartiendo el cariño del cánido hasta un año antes del pleito, cuando el hombre decidió quedárselo en exclusividad al considerar que él había sido quien lo había encontrado, extremo que según el Juez no quedó demostrado en el juicio con suficiente fuerza probatoria. En principio, los bienes adquiridos durante la convivencia sin matrimonio no son comunes, asimilándose al régimen de separación de bienes, pero en casos de convivencia no matrimonial prolongados, como ocurrió en esta ocasión, la jurisprudencia aprecia la existencia de una presuntiva comunidad de bienes tácitamente constituida. En el juicio, se admitió como prueba de la propiedad compartida del perro la existencia de dos cartillas veterinarias conjuntas y las fotografías aportadas por la demandante.

En los fundamentos de derecho, el Juez alude a una leyenda de los indios norteamericanos, que asegura que el dios Nagaicho tenía ya a un perro a su lado cuando creó el mundo, señalando seguidamente que este animal “siempre ha estado ahí” y concluir que el asunto sí es acreedor de la tutela jurídica de Juzgados y Tribunales. La sentencia, que señala que la palabra “perro” tiene veinte millones de resultados en Google y que recoge comentarios de los internautas sobre el amor que sienten por ellos, añade que un animal compartido es un bien susceptible de derecho de propiedad y por lo tanto, objeto de pleito civil.

Noble animal de docilidad demostrada, el perro nunca muerde la mano del amo que le da de comer, como la justicia dominada en el estado de poderes inseparados. Perra vida.

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