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Las elecciones municipales en una República Constitucional deben celebrarse según el modelo de elecciones separadas para diputados y presidente de la República que caracterizarían las elecciones generales ajustadas al sistema electoral mayoritario. Así pues, los vecinos de cada localidad elegirían por separado al alcalde y al cuerpo de concejales.

La elección directa del alcalde evitaría los cambalaches políticos que configuran el sistema de listas cerradas y bloqueadas del régimen proporcional partidocrático, pues, dado que los electores no eligen realmente un representante, los partidos del Estado hacen con los votos lo que quieren, negociando entre ellos el reparto de cargos y prebendas.

Por su parte, para que la elección de concejales no se viera sometida al programa de listas típico del sistema electoral proporcional, sería tal vez necesario organizar en cada localidad subdistritos electorales uninominales que se ajustaran al número de concejales elegibles asignado a determinado porcentaje de población, previamente establecido por una ley electoral. Así, de cada uno de esos subdistritos saldría elegido un único concejal, a doble vuelta si fuera necesario.

Tal sistema fomentaría la participación ciudadana en la vida municipal a través, por ejemplo, de las Asociaciones de Vecinos, en cuyos locales harían sus presentaciones y mítines los candidatos, y donde los concejales electos podrían recibir las peticiones y propuestas de los electores de sus distritos.

Se trataría, en suma, de una democracia formal, única vía posible, salvo que se crea en la demagogia de los partidos oligárquicos actuales, para el avance en una democracia social.

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