Claro

Oscuro

En mi escrito de hoy, pretendo, como es mi costumbre, ser claro de modo que las explicaciones que siguen, las pueda comprender cualquier individuo, con independencia de cual sea su formación profesional o sus particulares aptitudes.

Antes de desarrollar mis argumentos, dirigidos a ayudar a todas las personas afectadas por la humillación que supone la adopción voluntaria de la moda de los bozales, considero pertinente recordar los siguientes puntos del ideario del MCRC que presido desde el fallecimiento de mi predecesor, D. Antonio García-Trevijano:

IV. Porque los españoles padecen temores derivados de su tradicional educación en el Estado autoritario, sólo la valentía personal puede crear la fortaleza de la sociedad civil frente al Estado.

VIII. Porque la política afecta al universo de gobernados, si el lenguaje de políticos y medios comunicativos no es directo, correcto y expresivo del sentido común, disimula una falsedad o esconde un fraude.

IX. Porque no son legítimas las razones ocultas del poder político, siempre será ilegitima la razón de Estado.

X. Porque a la razón de gobierno sólo la legitima la libertad política de los que eligen el poder ejecutivo del Estado, son ilegítimos, aunque sean legales, todos los gobiernos que no son elegidos directamente por los gobernados y no pueden ser revocados por éstos.

Todo lo anterior considero que proporciona un contexto adecuado para que, lo que sigue, sea mejor entendido bajo los preceptos aportados.

La nueva ley excretada por el Estado legislador recientemente, para empeorar el decreto ley anterior, 21/2020 del 9 de junio, elimina el supuesto de la distancia mínima que parecía hacer exigible el uso del bozal. Sin embargo, hay que tener siempre presente que SIGUE SIN SER FORZOSO SU USO y que, por lo tanto, todas las personas que lo llevan como hasta ahora, contribuyen al perjuicio social de los demás, al colaborar voluntariamente con la costumbre impuesta por los Partidos del Estado. En concreto, el texto literal de la nueva ley aprobada dice lo siguiente en uno de sus puntos:

“Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.”

Conforme a mi conocimiento jurídico y del Derecho, quiero señalar lo mas relevante ahí, que es lo que se refiere a “las autoridades sanitarias” en plural. Lo que significa esto jurídicamente, es que cualquier médico individual, en el propio ejercicio de la autoridad derivada de su conocimiento de la ciencia de la salud, puede indicar que no debe llevarse. Esto implica que cualquier persona, siguiendo el sabio consejo e indicaciones de ese médico o grupo de médicos, puede no llevar el bozal, debido a que impida su respiración saludable, a que suponga un riesgo de neumonía por acumular bacterias, o a cualquier otra causa que le sea informada y que podría suponer un riesgo físico o mental para él. Por este motivo que digo aquí y que señalo, es por lo que han visto todos, y lo seguirán viendo, a periodistas y “youtubers” que no llevan bozales en espacios cerrados que comparten con otros individuos, tales como los platós de televisión, a pesar de que luego desarrollan una escenificación teatral cuando salen a las calles, donde se los colocan cobardemente para colaborar con la estafa del Estado de Partidos.

Lo que causa que las personas vayan con un bozal por las calles es únicamente su cobardía y, generalmente, salvo circunstancias excepcionales de la salud, ninguna otra cosa que no sea eso.

A las cuestiones que suponen una flagrante prevaricación y abuso de autoridad por parte de los agentes de la policía no voy a dedicar mayores explicaciones, puesto que esta cuestión ya está siendo informada por muchos abogados, a pesar de que, la falta de medios y la censura de las televisiones y periódicos, impidan su mayor conocimiento popular. Debería de ser sabido por todos que un simple agente policial no está autorizado, ni tiene un derecho legítimo para exigir que se le presente ningún documento con información médica de una persona y tampoco para pretender que se cumpla su mandato si pretende obligar a alguien por la fuerza a que se coloque un bozal. Ninguna persona en España tiene la obligación legal de obedecer a una orden de esa clase, dirigida a forzarle a llevar un bozal en ningún lugar. Supone prevaricación la denuncia presentada por cualquier agente policial que aduzca una infracción por desobediencia, si previamente había sido informado por la persona requerida de las circunstancias legales que concurren. Más aun si le fue mostrada una declaración jurada responsable, por parte del intervenido, donde se diga que actúa asumiendo su total responsabilidad y según las indicaciones que ha escuchado o recibido de un médico en el cual confía para el cuidado de su salud.

Entendiendo lo anterior, deben saber ya, que absolutamente todas las personas que están viendo por las calles con sus bocas y sus narices tapadas, impidiendo además ser correctamente identificadas para cualquier asunto, lo hacen de forma voluntaria, generalmente para contribuir a un mayor mal público y demostrar así su apoyo y adhesión a las facciones del Estado. Su número supone, para quienes estamos en la verdadera oposición, la fuerza de la coacción del Estado en el desarrollo de unas medidas administrativas dirigidas a causar la muerte y el mayor mal público.

Y ahora corran… ¡corran todos a votar!

 

Pasiones de servidumbre Obediencia, tranquilidad y seguridad Thomas Mann

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