Claro
Oscuro
Esta noticia adjunta, de uno de tantos medios de propaganda del Régimen, sirve muy bien para comprobar el grado de ignorancia, en la materia jurídica, de algunos de los profesionales del Derecho. En este caso, es la señora Ascensión Martín, al parecer magistrada en uno de los Tribunales delegados por el Estado español en la región de Murcia.

Según aparece publicado y entrecomillado en la noticia, esta mujer habría declarado que “la educación, al igual que otros derechos, también es un deber”.
Pues bien, si esta mujer ha dicho esto, debería de ser inmediatamente inhabilitada y declarada como incapaz para ejercer su profesión, por desconocer algo que incluso un estudiante de los primeros cursos de la carrera universitaria de Derecho sabe: que un derecho es lo contrario de un deber, que nada que sea un deber puede ser al mismo tiempo un derecho y viceversa. Esta afirmación es una locura, máxime cuando proviene de la magistratura.
La barbaridad implícita en esta afirmación, propia de un completo ignorante, suprime de facto la posibilidad del titular, de actuar según su particular interés, en virtud del derecho que le asiste y del cual es poseedor. Una obligación, algo que es de cumplimiento forzoso, desposee de facto de cualquier facultad obtenida en virtud de un derecho.
Pero veamos esto con un ejemplo sencillo, que sirva para ilustrar esta cuestión a cualquier persona sin formación jurídica, y aportar la luz en las tinieblas cavernícolas de las cuales surge la afirmación falsa referida y recogida en la publicación:
Un titular de una vivienda, que es el propietario de la misma, está facultado para su venta en función del derecho fundamental de propiedad que le asiste, es decir, puede disponer, a su exclusivo criterio, de ese objeto de la titularidad, para venderlo o para no hacerlo. Si en lugar de eso fuese forzado por un deber, por una obligación de cumplimiento forzoso para venderla o para lo contrario, entonces eso implicaría que existe una potestad sobre la suya propia, que le priva de su derecho y que le impide ejercerlo. Es decir, eso supone que no sería el titular de facto, sino meramente un intermediario sometido por una obligación contraída.
Ningún derecho puede ser al mismo tiempo un deber y ningún deber puede ser simultáneamente un derecho, ya que son conceptos jurídicos que operan en sentidos opuestos. O bien es un deber o bien es un derecho, pero no existe nada que pueda ser ambas cosas al mismo tiempo, simultáneamente.
Pero es que, incluso yendo más allá de esto, de la obviedad que acabo de explicar y que es algo que cualquier letrado conoce perfectamente, se da el caso particular del disparate de índole metafísica que supone creer que existe un “derecho a la educación”. La educación, lo mismo que la salud, entendida como la buena salud, es algo que por su naturaleza, por no estar sometido a la regulación positiva del Derecho y la legislación, es imposible que sea coaccionado por una obligación. Del mismo modo que sería ridículo que cualquier enfermo pretendiese ser asistido por un juez, enfrentándose en un litigio contra la Naturaleza como parte demandada, sucede con la educación en los términos morales que le haya sido proporcionada a un individuo por sus padres, familiares o tutores.
Y esto es, una vez más, y para no extender innecesariamente la explicación, la constatación de los disparates y contradicciones a las que fuerza el positivismo jurídico, pretendiendo que el Derecho imponga la voluntad humana a los propios hechos regidos por las posibilidades que brindan las leyes naturales. Una cuestión que, de ser discutida por alguien, implicaría que incluso la ley de la Gravedad enunciada por Isaac Newton, podría ser alterada y sometida a la voluntad de alguien, en los Tribunales de Justicia.
Este es el caso de una magistrado que afirma un verdadero disparate, un sinsentido, que aparece como una ignorante de la materia jurídica ante la opinión pública, forzada por la necesidad de justificar la barbarie de un régimen, donde obra únicamente la razón del Estado, con la vana ambición de someter a la realidad de las cosas. Para realizar una afirmación de esta índole, hay que desconocer los principios más elementales del Derecho, las propias fuentes del Derecho y ser un absoluto incapacitado, un bruto en la materia de que se trata. Que esta pobre mujer haya sido autorizada para ejercer como magistrado en un Tribunal de Justicia en España, es la prueba de la decadencia y de la completa degeneración y corrupción, en todos los ámbitos, de este régimen abyecto de partidos estatales.
No es ya tanto que exista una consideración exclusivamente metafísica del Derecho, es que todo el Derecho se convierte en pura metafísica y en una jerga inextricable al servicio de la voluntad de poder. La mayoría de las personas pues, por desconocer en profundidad la ciencia jurídica, ni siquiera serán conscientes de la magnitud de la locura pronunciada por una magistrado, porque no comprenderán que la conversión de los derechos en deberes, supondría de facto la desaparición, la supresión de la necesaria existencia del Derecho. Un pretendido jurista que afirma esto, se está suicidando, está aniquilando cualquier jurisprudencia.