Claro
Oscuro
La finalidad de la Ruptura era dar un corte en la continuidad de los presupuestos culturales del sistema de poder de la Dictadura. El problema no era la continuidad del dictador, que la Naturaleza se encargaría de interrumpir. Ni que le pudiera suceder una nueva encarnación personal del poder. Pues ésa era una eventualidad que la evolución y vicisitudes del Régimen habían hecho inimaginable.
Tampoco eran un problema las libertades individuales. La Reforma las otorgaría sin dificultad. Lo preocupante era la cuestión de las rupturas aparentes o formales. Esas clásicas revoluciones de superficie que dejan invariable el sustrato de creencias sobre el que, bajo otra fachada más decorosa, se legitiman los mismos límites anteriores de la libertad colectiva.
Para llegar a la democracia política era condición «sine qua non» la solución de continuidad en la tradición española que concibe el Estado -en la dictadura y en el sistema parlamentario- como unidad de poder con separación coordinada de funciones.
La democracia no dependía de las libertades personales, sino de los límites de la futura libertad política respecto a la determinación del poder.
Cuando estaba al frente de la Ruptura democrática, siempre tuve presente la advertencia de Aristóteles: «Dos cosas son continuas cuando sus límites son idénticos». Sabía que la Reforma jamás modificaría los límites extremos impuestos a la libertad política por la Dictadura. Y sabía que la democracia exigía la Ruptura de esos límites. Si permanecían idénticos, por muchas libertades que otorgara la Reforma liberal, tanto en la esfera personal como en la pública, habría continuismo de la Dictadura en la Monarquía. ¿Cuáles eran los límites a la libertad política en la Dictadura? Recordaré los más evidentes, para comparar aquellas limitaciones con las actuales, sin olvidar que los Partidos son hoy, en tanto que órganos constitucionales del Estado, autoridades estatales.
Prohibición ciudadana de elegir al Jefe del Estado, que nos viene dado por la Providencia. Prohibición a los votantes de elegir a sus diputados, que nos vienen dados en listas de candidatos de la Autoridad.
Prohibición de elegir de modo directo al Poder Ejecutivo, que nos viene dado por la Providencia de un órgano estatal. Prohibición de exigir responsabilidades al Jefe del Estado, responsable sólo ante Dios y la Historia.
Prohibición de controlar los actos políticos del Gobierno y de anteponer las razones morales o jurídicas a la razón de Estado. Prohibición de independencia, frente al Poder Ejecutivo, de los magistrados y fiscales supremos, que nos vienen dados por la gracia política.
Prohibición de libertad de pensamiento y de expresión disidente frente al pensamiento único, que nos viene dado por el consenso de las Autoridades estatales. Prohibición de la verdad en la información sobre los hechos fundadores del Sistema de poder, que nos vienen dados como leyendas o mitos. Prohibición de que el espíritu público del Régimen deje de ser determinante del mérito profesional en todos los sectores públicos.
En resumen, el poder fijaba los límites de la libertad. Y no ésta los de aquél. Lo de entonces, una evidente dictadura, se llamaba a sí misma democracia orgánica. Lo de ahora, una clara oligarquía de partidos, democracia representativa.
El continuismo de aquélla en ésta supera las discontinuidades aparentes. La continuidad o discontinuidad en los límites de la libertad, pese a ser asunto capital para comprender el alcance de los cambios políticos, no ha tenido, en la ciencia del poder, la importancia del debate filosófico sobre continuismo o discontinuismo en la realidad física o social.
A nuestra libertad la definen los límites de un continuo poder sin control. Pues la Monarquía está unida a la Dictadura por sucesión, contigüidad y continuidad.
LA RAZÓN. JUEVES 26 DE OCTUBRE 2000
Blog de Antonio García-Trevijano