Claro

Oscuro

Si el principio de publicidad de los actos del poder no está consagrado en las leyes, ni garantizado por los usos, la vida política se llena de suposiciones rumorosas. Sólo se supone lo que no se sabe, lo velado por la sombra maléfica del secreto. La cosa pública es tratada privadamente, cuando se la considera privativa de un dictador o de un grupo profesional, como algo que inhiere en la clase política. Y privado fue el tratamiento de la obra constitucional del Estado de Partidos. Tan ilegítimo era que se hiciera en secreto, como que se aprobara en una legislatura ordinaria. La suposición de que esta forma insólita de proceder obedecía a propósitos inconfesables está justificada. Cada uno es libre de suponer lo que su imaginación le sugiera. Y nadie podrá reprocharle que sospeche lo peor. Sin embargo, éste no es un camino que conduzca al conocimiento de lo sospechado. Es más fiable adentrarse por los senderos objetivos que reconocen, por sus trazas características, a lo supuesto. En este sentido, los supuestos ocultos de la constitución no pueden ser diferentes de los presupuestos políticos de la Transición. Lo supuesto pasa a significar de este modo «lo puesto» que se mantiene o existe por anticipado. o sea, lo subpuesto que subsiste en lo sobrepuesto.

No es necesario acudir al estructuralismo para rechazar o negar la posibilidad de un conocimiento sin supuestos, como pretendió la dialéctica de Hegel y la fenomenología de Husserl. Pues lo supuesto en cada fenómeno es, nada menos que, la substancia que lo produce y sostiene. La esencia es parte constitutiva de la substancia. Pero lo supuesto es la parte que actúa, aquello por lo cual se es («esse ut quiod»). Indaguemos en la substancia de la Constitución; en todas las dimensiones de la experiencia del cambio operado en la configuración del Estado, «desde la máxima labilidad del contenido hasta la lenta movilidad del horizonte» (Zubiri), desde las relaciones de poder a la situación política de las posiciones de partido; y sabremos con seguridad qué era «lo supuesto» en la Transición, y qué sigue siendo «el supuesto» actuante en el sistema construido con el cambio del Reino de un partido por la Monarquía de varios. pues, como reza la sentencia escolástica, las acciones parten y son de los supuestos y de las suposiciones («actiones sunt suppositorum»), y no de las esencias substanciales.

La proximidad de sentido semántico entre la dimensión psicológica y la fenoménica de «lo supuesto», ha provocado en la filosofía vitalista su equiparación metafísica con «la creencia» (Ortega). Identidad difícil de sostener cuando se piensa que las creencias son «estantes» y los supuestos «substantes» o «substantivos». En aquellas se está, mientras que en lo «pre-supuesto» se presta la existencia por anticipado. En esa anticipación existencial de la acción supuestada radica el carácter histórico de «lo supuesto». Que no interpreta la realidad, como las creencias, sino que la actualiza con sus acciones. «Lo supuesto» no es base anatómica, sino substrato nervioso del sistema político.

Los supuestos políticos de la 2ª fase de la Transición, miedo recíproco y componenda entre rivales, anticiparon la existencia constitucional del reparto de poder en una oligarquía de partidos estatales bajo arbitrio monárquico. Esto no fue una cuestión de creencias ni de opiniones, sino de puro cálculo de poder. Lo que se suponía, como creencia más o menos fundada, ante el mutismo de los poderes constituyentes, está pregonado tácitamente como «supuesto objetivo» del reparto del poder estatal realizado en la Constitución. Lo políticamente supuesto ha resultado ser así lo impuesto por la dictadura, como realidad dada a la Monarquía en conceptos de poder sin control, junto a lo puesto en ésta por los partidos reprimidos ley electoral, Autonomías, consenso en concepto de libertad de partido.

LA RAZÓN. JUEVES 19 DE ABRIL DE 2001

 

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